El
Juzgado Civil N° 4 de Neuquén hizo lugar así a la solicitud de
caducidad de instancia de juicio iniciada por Cormine en agosto de 2011,
considerando que la comunidad mapuche no había impulsado el trámite
desde diciembre de 2010.
En
los juicios civiles como el iniciado por la comunidad Mellao Morales,
la ley exige que sea la parte reclamante la que impulse el proceso; esto
es, que sea quien inicia el juicio y pida al juez que el trámite
avance. Pasados seis meses sin que se solicite al juez ninguna medida,
se entiende que perdió interés en el juicio y se decreta la caducidad de instancia y el posterior archivo del expediente.
El
proyecto minero Campana Mahuida se sustenta en un cuerpo de cobre
diseminado, ubicado a 20 kilómetros de Loncopué y a 5 del río Agrio, en
tierras pertenecientes a la comunidad Mellao Morales. Demanda una
inversión estimada en 200 millones de dólares y asegura la creación de
350 puestos de trabajo directos, además del desarrollo de empresas y
cooperativas de servicios asociadas con la actividad.
El
emprendimiento también incluye, entre otras obras de infraestructura,
la construcción de un puente sobre el río Agrio, a la altura de
Huarenchenque, y una línea de alta tensión de Las Lajas a Loncopué.
El
presidente de Cormine, Martín Irigoyen, precisó que en 1989 la empresa
provincial solicitó los derechos mineros sobre esa área y se
desarrollaron distintas campañas exploratorias hasta 1998.
En
2007 -recordó-, intentó completar la exploración del área para
verificar la cantidad y concentración de cobre existente, mediante la
firma de un contrato con la empresa Emprendimientos Mineros S.A., la
cual aportaría el capital necesario para realizar la exploración y,
eventualmente, la puesta en producción del proyecto.
En
noviembre de 2008 -agregó Irigoyen-, la Comunidad Mellao Morales inició
un juicio contra Cormine reclamando la nulidad del contrato firmado con
Emprendimientos Mineros. En el marco de esta instancia, el Superior
Tribunal de Justicia suspendió para septiembre de 2009 la audiencia
pública convocada a fin de discutir el proyecto minero.
Señaló
que en diciembre de 2011, la justicia decidió el levantamiento de la
medida cautelar que impedía la convocatoria a audiencia pública,
considerando que no existían los motivos que originalmente motivaron la
medida, es decir, la falta de información a la comunidad mapuche sobre
el proyecto.
En
agosto de ese año, Cormine solicitó se declare la caducidad de
instancia del juicio en vista de que la comunidad mapuche no había
impulsado el trámite desde diciembre de 2010, pedido que tuvo acogida
favorable.
Irigoyen
consideró que si bien la declaración de caducidad de instancia es
apelable, esta situación "deja claramente expuesto que a la comunidad
Mellao Morales y los grupos que la apoyan sólo les interesa extender el reclamo para así impedir el desarrollo del proyecto por el paso del tiempo".
De
confirmarse la caducidad de instancia decretada -señaló- "se abre la
posibilidad del reclamo, por parte de Cormine SEP, de los daños y
perjuicios que produjo el retraso del proyecto minero".