miércoles, 4 de enero de 2012

12 argumentos para pedir que le mantengan los subsidios

A partir del 1 de enero rige la quita de subsidios para los servicios públicos de electricidad, gas y agua corriente, salvo que el consumidor pueda demostrar que lo necesita. Para tales fines, las autoridades regulatorias enviarán una declaración jurada para expresar la necesidad de recibir estos beneficios estatales.
A partir de su recepción, el consumidor tendrá 30 días para responder. En caso de hacerlo, el Gobierno evaluará su situación personal (hasta podrá disponer enviar un asistente social) para mantener o quitar el subsidio. En caso de no responder, se procederá a la quita cinco días después del vencimiento del plazo. No obstante, a las zonas "más pudientes" de Capital y Buenos Aires se les aplicará quita directa .
La declaración jurada a recibir tiene como título: " ¿Usted considera que necesita ser subsidiado? ". Estas son las 12 razones por las cuales se puede apelar a seguir recibiendo tarifas subsidiadas:
  • 1. Enfermedades crónicas 
    Los pacientes que realicen un tratamiento debido a una enfermedad crónica que implique un mayor consumo de un servicio.
  • 2. Jubilados 
    Si su único ingreso es resultado de una jubilación mínima o equivalente a un haber mínimo

  • 4. Planes Sociales 
    3. Pensiones No Contributivas 
    Los pensionados por vejez (más de 70 años), invalidez (76% o más de invalidez o discapacidad) o mujeres madres de 7 hijos nacidos vivos (biológicos o adoptivos).
  • Si es beneficiario de un plan o programa de acción social: Asignación Universión por Hijo o Embarazo; subsidios por desempleo, Plan Familias, Plan Jefes y Jefas de Hogar...
  • 5. Domicilios especiales 
    Si su lugar de residencia está afectado por razones de utilidad social: institutos, centros de recuperación, comerdores comunitarios, desayunadores...
  • 6. Asignaciones Familiares 
    Es el salario familiar que cobran, por hijo, los trabajadores registrados que ganan hasta $ 5200
  • 7. Múltiples Hogares 
    Si su vivienda es un multihogar: situaciones de convivencia de padres, hijos, tíos, abuelos...
  • 8. Viviendas comerciales 
    Si su hogar posee un anexo destinado a fines comerciales. Es el caso de pequeños comercios, talleres de oficios.
  • 9. Certificado de discapacidad 
    Cualquiera sea tu tipo o razón por el que fue expedido por las autoridades
  • 10. Características edilicias particulares 
    Si su vivienda posee características de construcción o deterioro que implican un mayor consumo de servicios: es el caso de familias numerosas que viven en viviendas precarias o si no dispone de alguno de los servicios por estar localizado en un área carenciada.
  • 11. Exenciones municipales 
    Aplica para los consumidores que por fines sociales están exceptuados para pagar el servicio de ABL o tasas municipales. Cada municipio deberá informar a las autoridades nacionales.
  • 12. Ingresos insuficientes Asignaciones Familiares 
    Si considera que sus ingresos mensuales no le permiten afrontar el pago de los subsidios. El consumidor deberá consignarlos. Aunque no se explicó la metodología, en estos casos se elegirá discrecionalmente quien aplica y quien no a esta extensión de subsidios.