A partir de su recepción, el consumidor tendrá 30 días para responder. En caso de hacerlo, el Gobierno evaluará su situación personal (hasta podrá disponer enviar un asistente social) para mantener o quitar el subsidio. En caso de no responder, se procederá a la quita cinco días después del vencimiento del plazo. No obstante, a las zonas "más pudientes" de Capital y Buenos Aires se les aplicará quita directa .
La declaración jurada a recibir tiene como título: " ¿Usted considera que necesita ser subsidiado? ". Estas son las 12 razones por las cuales se puede apelar a seguir recibiendo tarifas subsidiadas:
- 1. Enfermedades crónicasLos pacientes que realicen un tratamiento debido a una enfermedad crónica que implique un mayor consumo de un servicio.
- 2. JubiladosSi su único ingreso es resultado de una jubilación mínima o equivalente a un haber mínimo
4. Planes Sociales 3. Pensiones No ContributivasLos pensionados por vejez (más de 70 años), invalidez (76% o más de invalidez o discapacidad) o mujeres madres de 7 hijos nacidos vivos (biológicos o adoptivos).
- Si es beneficiario de un plan o programa de acción social: Asignación Universión por Hijo o Embarazo; subsidios por desempleo, Plan Familias, Plan Jefes y Jefas de Hogar...
- 5. Domicilios especialesSi su lugar de residencia está afectado por razones de utilidad social: institutos, centros de recuperación, comerdores comunitarios, desayunadores...
- 6. Asignaciones FamiliaresEs el salario familiar que cobran, por hijo, los trabajadores registrados que ganan hasta $ 5200
- 7. Múltiples HogaresSi su vivienda es un multihogar: situaciones de convivencia de padres, hijos, tíos, abuelos...
- 8. Viviendas comercialesSi su hogar posee un anexo destinado a fines comerciales. Es el caso de pequeños comercios, talleres de oficios.
- 9. Certificado de discapacidadCualquiera sea tu tipo o razón por el que fue expedido por las autoridades
- 10. Características edilicias particularesSi su vivienda posee características de construcción o deterioro que implican un mayor consumo de servicios: es el caso de familias numerosas que viven en viviendas precarias o si no dispone de alguno de los servicios por estar localizado en un área carenciada.
- 11. Exenciones municipalesAplica para los consumidores que por fines sociales están exceptuados para pagar el servicio de ABL o tasas municipales. Cada municipio deberá informar a las autoridades nacionales.
- 12. Ingresos insuficientes Asignaciones FamiliaresSi considera que sus ingresos mensuales no le permiten afrontar el pago de los subsidios. El consumidor deberá consignarlos. Aunque no se explicó la metodología, en estos casos se elegirá discrecionalmente quien aplica y quien no a esta extensión de subsidios.