jueves, 22 de agosto de 2013

Prohibirán el uso de motores de dos tiempos en cursos y espejos de agua

Es por la contaminación que producen este tipo de sistemas alimentados a carburador. La prohibición regirá a partir del 1 de noviembre próximo, tal como lo establece el artículo 1º de la resolución 341/12.

La dirección provincial de Recursos Naturales, dependiente del ministerio de Desarrollo Territorial, informó que a partir del 1 de noviembre entrará en vigencia la normativa que prohíbe el uso de motores fuera de borda de dos tiempos (ciclo otto) alimentados a través de carburador, por tratarse de una tecnología que genera emisiones contaminantes para el agua y el aire, afectando gravemente a la flora y la fauna provinciales.
La dinámica de la actividad turística de la Provincia (navegación turística comercial y pesca embarcada) han tenido un crecimiento notorio, lo cual genera la necesidad de que el Estado vele por la preservación de sus aguas.
El texto de la norma sostiene que, a los fines de preservar la calidad de los recursos hídricos del territorio provincial, “resulta imperioso que las actividades que se realicen en ellos, se hagan en forma sustentable, minimizando los impactos sobre el medio ambiente”.
Y explica que la utilización de embarcaciones con motores de dos tiempos con carburación “generan altas emisiones de hidrocarburos, afectando la calidad de los recursos hídricos y consecuentemente los ecosistemas acuáticos”.
Los hidrocarburos directamente emitidos al medio por los motores náuticos flotan afectando principalmente a la microcapa superficial del agua y se dispersan a sitios quietos, de poca corriente, como bahías y zonas litorales con vegetación sumergida y emergente. Estos sitios son determinantes para el funcionamiento y la diversidad de los lagos y ríos de la región patagónica, porque representan el sitio de reproducción y alimentación de la mayoría de los estadios juveniles de especies de peces e invertebrados y nativos.
A partir de 2010, en el reglamento general de Pesca Deportiva Continental patagónico se recomienda para la navegación el uso de motores de cuatro tiempos, o en caso de ser motor de dos tiempos, que cuente con certificación de emisiones ultrabajas.
El control de cumplimiento de la normativa corresponderá a la jurisdicción nacional a través de Prefectura Naval Argentina. Se trata de una facultad delegada de las provincias en virtud a ley orgánica Nº 18.398, que regula las funciones de policía de seguridad de la navegación.